Es de suma importancia tomar en cuenta ciertos aspectos legales, desde el momento en que se decide sacar a la luz una obra, entre esas cosas tener un registro del dominio de dicha obra, con el fin de evitar que se haga mal uso de dicha obra o que se lucre con esta sin autorización del dueño original, haciéndose de ganancias que no le corresponden.
La ley estipula que desde el momento de la publicación, los derecho de autor entran en vigor para quien dice ser el autor de cualquier obra, pero para fine legales, es decir; para realmente tener derecho sobre la obra es recomendable tener una prueba irrefutable de la autoría, la cual es entregada al momento de que se decide hacer un registro legal en la institución correspondiente al país de origen; en el caso de México, es necesario acudir al Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) junto a los siguientes documentos en original y copia, únicamente para el rubro editorial.
- Acta constitutiva documento que acredite la existencia de la persona moral
- Documento que acredite la personalidad del representante legal
- Identificación oficial del mandante, mandatario y testigos (en caso de que se presente carta poder)
- Comprobante de pago de derechos (el costo es de $280.00 MX, para obras literarias)
- Traducción al español de los documentos que se acompañan en idioma distinto
- Dos ejemplares de la obra, identificados con el nombre del autor y título
- Documento que acredite la titularidad de los derechos patrimoniales sobre la obra
- Sobres cerrados con los datos de identificación del autor (en caso de ser una obra creada bajo seudónimo)
- En caso de un sólo autor presentar la Solicitud de Registro de Obra (RPDA-01)
- En caso de más de un autor, titular, editor y/o productor, adicionar (RPDA-01-A1)
- En caso de registrar obra que derive de más de una obra primigenia presentar adicionalmente la Solicitud de Registro de Obras RPDA-01-A2 (hoja adjunta de obras)
- Para registro de fonograma o edición de libro presentare (RPDA-02, Solicitud de Registro de Derechos Conexos)
- Para enlistar las canciones presentar RPDA-02-A1 Solicitud Específica para videograma, fonograma, edición de libro
Una vez que se entregue el comprobante podrás demostrar la autoría en caso de que se desee hacer uso de tu obra, podrás imponer un juicio para reclamar las ganancias obtenida por tu obra, y en caso que deseen hacer uso, deberán realizar un pago por los derechos temporales de tu obra.
Hay diferencias notables entre lo que es derechos de autor y una patente; ya que la segunda se usa más que nada para investigaciones con fines científicos y de investigación e innovación para el campo de la medicina o ingeniería mecánica o industrial.
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